jueves, 9 de junio de 2011

Cuestan al erario 53 mdd errores de Ernesto Derbez

Tribunal internacional obliga al gobierno a indemnizar por ser responsable de un patrón de comportamiento que sólo puede calificarse como irracional, perverso y de mala fe.

Tras varios juicios promovidos en el extranjero por la requisa del Registro Nacional de Vehículos (Renave) por parte de Luis Ernesto Derbez, entonces secretario de Economía, el gobierno federal deberá pagar más de 50 millones de dólares, obligado por tribunales internacionales. Cuando el gobierno se vio obligado a la requisa, el Poder Legislativo llamó al entonces secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez, para que informara sobre el nuevo Renave, otro programa de regularización de vehículos, luego de conocerse que su director, el argentino Ricardo Cavallo, estaba acusado de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura militar en su país.

Desde el principio el Renave fue objeto de severas críticas de políticos de oposición, lo consideraban inconstitucional y se opusieron a su vigencia, que sería onerosa para los ciudadanos. Incluso diez gobernadores demandaron su cancelación o que disminuyera su costo.
Sin embargo, Luis Ernesto Derbez argumentó que el objetivo del Renave era evitar el robo de vehículos y acabar con el negocio de autopartes en el mercado negro, así como garantizar la propiedad de los automóviles.
Tras el escándalo de Cavallo, el Renave fue suspendido y finalmente fracasó.
El mismo Luis Ernesto Derbez, en el marco de sus facultades, publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2001 un “acuerdo de requisa”, afectando los intereses de las empresas que tenían la concesión del programa, quienes entablaron demandas en el extranjero.
En abril de 2011 se condenó al gobierno mexicano a pagar daños por poco más de 53 millones de dólares.

La sentencia

Los jueces del tribunal internacional concluyeron que el ahora ex secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez, incurrió en una “conducta maliciosa”.
El laudo fue dictado en junio de 2010, pero se mantuvo con carácter confidencial hasta que fue publicado el pasado 20 de abril de 2011 por el Centro Internacional para Resolución de Controversias Comerciales (ICSID, por sus siglas en inglés) del Banco Mundial.

Resuelve Tribunal internacional

La resolución de dicha instancia, a cuya jurisdicción se sometió el gobierno mexicano y perdió, señala que la parte demandada (México, representado por Luis Ernesto Derbez) “fue responsable de un patrón de comportamiento que sólo puede calificarse como irracional, perverso y de mala fe” (página 78 de la resolución), concluyó por unanimidad la Corte Internacional.

En un laudo arbitral internacional integrado por los jueces L. Yves Fortier CC; QC, Eduardo Magallón Gómez y V.V. Veeder, QC (Presidente), México, representado por Luis Ernesto Derbez Bautista, en su calidad de secretario de Economía, se sometió voluntariamente a la jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones en los casos CIADI Nos. Arb. (AF)/04/3 y ARB. (AF)/04/4 entre Gemplus S.A., SLP, S.A. y Gemplus Industrial S.A. de C.V. y los Estados Unidos Mexicanos representada por la Secretaría de Economía, siendo su titular Luis Ernesto Derbez Bautista.

El laudo adicionó a la empresa Talsud S.A. con México. Por acuerdo de las partes los procesos se integraron en uno solo. Las primeras empresas (Gemplus y SLP) fueron constituidas conforme a la legislación de Francia, mientras la empresa Gemplus Industrial fue creada conforme a la ley mexicana y Talsud, S.A. fue constituida conforme a la legislación de Argentina.
El objeto de esta controversia fue determinar si México había violado tratados bilaterales con Francia y con Argentina particularmente tres asuntos: a) Expropiación ilegítima; b) Falta de trato justo y equitativo y c) Falta de protección y seguridad con respecto a las inversiones de las demandantes en la empresa Renave S.A. de C.V.

Los montos

Derbez hizo caso omiso de la recomendación técnico-jurídica de su directora general jurídica. En su resolución, el Tribunal Internacional condena a México a pagar cinco millones 450 mil dólares americanos, indemnización de cuatro millones 483 mil 164 dólares americanos a Gemplus S.A., y seis millones 485 mil 721 dólares americanos al tipo de cambio en el 2001, que deberá actualizarse a la fecha.

También lo condena a pagar de intereses un millón 867 mil 589 dólares americanos a Gemplus S.A., y dos millones 689 mil 907 dólares americanos a Talsud S.A., así como a pagar por conceptos de intereses de capital cuatro millones 483 mil 164 dólares americanos a Gemplus S.A. y 6 millones 485 mil 721 dólares americanos a Talsud S.A., a una tasa anual de dos por ciento.

Asimismo condenó a México a pagar dos millones 375 mil dólares americanos a Gemplus S.A. por el costo del arbitraje y tres millones 75 mil dólares americanos a Talsud S.A. por el mismo concepto, así como todas las costas y gastos judiciales. Total hasta ahora: 37 millones 395 mil 266 dólares americanos.

Por una mala decisión económica y jurídica de Luis Ernesto Derbez Bautista, México ha pagado hasta ahora por este concepto la cantidad de 53 millones 835 mil 266 dólares americanos.


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