Miguel Rasgado es cómplice de la fechoría; no respetó el oficio DPSZV- 357/2011 firmado por él mismo donde informa a Robledo Pascual la suspensión de su salario y funciones por 5 días.
Comisión Federal de Electricidad que en los últimos 20 años se ha convertido en la peor pesadilla del pueblo de Tabasco; sin embargo, ha sido pillada en una serie de corrupciones y complicidades que van según documentos desde el mismo Superintendente de Zona hasta los mandos medios.
Para el Órgano de Control Interno e incluso para el pueblo en general no es posible entender las complicidades que existen entre autoridades de la paraestatal y los líderes sindicales para solapar tanta corrupción y otorgar tanta impunidad. El arribo hasta la mesa de redacción de un expediente plagado de documentos desde las mismas entrañas de la CFE saca a la luz como se las gastan.
Daysi Paulina Robledo Pascual con número permanente de empleada RPE 9LODX, es una licenciada que siendo empleada temporal fue protegida de todos sus abusos de confianza y otras faltas administrativas que obligaban a una recisión de contrato ya que por menos, mucho menos faltas a los ordenamientos legales de lo que esta dama cometió, muchos empleados sindicalizados de confianza han sido corridos, demandados penalmente y encarcelados por las autoridades de la empresa. Por ello, es un secreto a voces sustentado por la documentación que obra en poder del reportero que Robledo Pascual ha recibido una protección brutal y desmedida, aunque oficialmente nadie diga lo contrario, es del conocimiento público que ni el Superintendente de la Zona Villahermosa, José Antonio Domínguez Narváez ni el líder sindical, Marco Antonio Estrada Escobar, han detenido para nada, tanta infamia laboral.
Más bien, aunque se invite una “tamaliza” a los empleados y se les pida que no comenten nada para no dañar la imagen de la empresa, los documentos exhiben cómo están coludidos; por eso, son precisamente las actuaciones de estas dos personajes y autoridades –empresa y sindicato- lo que ha dañado en forma tan severa la imagen de la paraestatal, un hecho del que nadie más tiene la culpa: ya no puede seguir siendo disimulado. Hasta que los documentos firmados por ellos dejaron la opacidad, es que las huellas del abuso de autoridad de estos dos malos servidores públicos brotaron para dar paso a una impunidad que es intolerable.
Habrá que aclarar que la culpa de toda esta terrible corrupción preñada de opacidad e impunidad que existe en esta empresa de clase mundial, no es de los medios de comunicación que la dan a conocer -pues esa es una de sus funciones- la responsabilidad es de quienes sabiendo que estaban haciendo un mal patrimonial a la CFE lo hicieron, lo siguen y lo seguirán haciendo con plena y total conciencia. Allí es donde nació, se nutrió, creció, vive y se ha alimentado tanta corrupción administrativa. Negar la confabulación y responsabilidad de las dos máximas autoridades de la Zona Villahermosa, es cerrar los ojos a lo que gritan los documentos, gritos que no pueden ser acallados en el ejercicio de una libertad de expresión que no se corrompe ni se vende al mejor postor.
Después de este reportaje es cuando Luis Sánchez García el responsable en la Región Sureste del Órgano de Control Interno tendrá la oportunidad de mirar el interior del expediente personal de la secretaria del Jefe de Servicios Generales Manuel Dehesa y mirará cara a cara que la plaza que ella ocupa es de oficinista comercial, que pertenece a la Agencia Centro de Zona Villahermosa, pero las mismas complicidades la han llevado al área de Personal y Servicios. Ni siquiera respetaron el lugar de adscripción de la plaza.
LA DESFACHATEZ
Entonces es cuando el C.P. Miguel Rasgado López tendrá que explicar el por qué aceptó como si no supiera nada el oficio OSGZV-190/2011 de fecha 13 de junio de 2011, donde le remiten la indebida evaluación de oficinista –a secas- que le hicieran a dicha empleada en la Oficina de Servicios Generales, cuando lo conducente era que como todos los empleados de la CFE presentara evaluación para la plaza que iba a ocupar; en este caso, de oficinista comercial para ser acreditada, no el examen para oficinista. Algo así como quién va a ocupar una plaza de doctor y le hacen un examen de enfermero ¿Por qué Rasgado López no demostró lealtad con la CFE y se prestó a este tipo de artimañas?
Por qué Rasgado López aceptó tal felonía cuando él mismo el 30 de marzo del mismo 2011, apenas 74 días antes -dos meses y medio- había firmado el oficio DPSZV- 357/2011 donde le informa a la licenciada Robledo Pascual la suspensión de salarios y funciones de 5 días hábiles –del 4 al 11 de abril- como penalidad laboral derivada de la resolución del acta administrativa que le había sido levantada porque siendo servidor público de la CFE en horas de trabajo: el 15 de octubre del 2010 y 9 de febrero de 2011, había comparecido y litigado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, como abogada particular de la parte actora, Horacio Mollinedo Rosado en contra del ISSSTE en el juicio laboral 503/2008.
No podría alegar ignorancia Miguel Rasgado López porque el oficio que le envía a Robledo Pascual es derivado del oficio DKFDO(R- 000062/2011 de fecha 28 de marzo del mismo año, en el cual la LAE. Francisca Lidia Cruz Morales, Subgerente de Trabajo le marca copia y le hace de su conocimiento de la resolución que él transcribe y hace saber a Daysi Paulina la suspensión laboral a partir del 4 de abril. Es de suma relevancia la anotación de puño y letra que dice que esta trabajadora de confianza regresará a laborar a partir del 11 de abril; pero, ya como sindicalizada.
Transcendental es enterarse para la sociedad y la base trabajadora de sindicalizada de la sección 129 del SUTERM, que todavía no se iba sancionada la licenciada Robledo Pascual como empleada de confianza y ya sabía que regresaba a ocupar una plaza de sindicalizada: tal dato ilustra el grado de corrupción que existe dentro de la paraestatal.
Resalta entre toda esta podredumbre la intervención de Leobigildo Zurita Monjarraz -quien sí es un profesionista integro dentro de la CFE- jefe directo de Robledo Pascual, quien cansado de tantas trastadas de esta “profesionista” en su declaración dejó establecido en el acta administrativa que para poder asistir a la diligencia judicial Robledo Pascual había falsificado su firma en la relación de asistencia. Todas estas actuaciones y documentos, obran en el expediente personal de Daysi Paulina Robledo del cual Miguel Rasgado es el responsable de su guarda y custodia, máxime cuando él sabe y conoce perfectamente que en dicho expediente existe otros antecedentes de sanciones administrativas, que debieran ser elementos de juicio que sustentarían que dicha empleada no podía ser aceptada.
Alguna explicación tendrá que darle en su momento Miguel Rasgado López al C.P. Luis Sánchez García de su alevosa conducta en contra de la misma CFE porque con los antecedentes administrativos acumulados por la licenciada Robledo Pascual ninguna persona debía ser aceptada para una plaza: ya que no es lógico pensar que una empleada que ha dado muestras repetitivas de falsear datos y firmas, lo cual la hacía una persona no digna de confianza para trabajar -según obra en documentos oficiales en su expediente personal-; a todo ello, habrá que agregarle, la aplicación de un examen ajeno a la plaza en la que se iba a hacer de base.
HUNDEN A LA PARAESTATAL
Nunca como ahora la corrupción, la opacidad y la impunidad habían estado tan a flor de piel en la Zona Villahermosa; nunca antes con tanto cinismo y desvergüenza, La importancia de saber cómo podrá el ingeniero Armando Reynoso Sánchez, Gerente General Divisional restaurar en la Zona Villahermosa: el orden, la credibilidad en sus funciones; pero sobre todo, la autoridad moral para levantar actas, perseguir y castigar a los trabajadores sindicalizados que cometan alguna falta –por grave que sea- ya que poco a poco va quedando demostrado, que tanto Marco Antonio Estrada Escobar, dirigente de la sección 129 Villahermosa del SUTERM, como el ingeniero José Antonio Domínguez Narváez, tienen metidos los pies en el fango administrativo que lentamente hunde a esta empresa de clase mundial en el descredito total.
Máxime cuando, la corrupción total entre ambos personajes es exhibida con toda crudeza en la minuciosa revisión de la propuesta definitiva sindical SG/809/11 de fecha 18 de abril firmada por Marco Antonio Estrada Escobar en beneficio de la multicitada Daysi Paulina Robledo Pascual, es complementada con el oficio de aceptación No DPSZV-740/11 de fecha 13 de junio firmado por el ingeniero José Antonio Domínguez Narváez. Ambos documentos para la plaza vacante de Oficinista Comercial en la Agencia Comercial Centro, Grupo Orgánico VI, Nivel de Desempeño 1, Clave de plaza 18S0306, cuando los documentos exhiben que el examen que le practicaron a dicha empleada para esta plaza definitiva fue para otra plaza en la Oficina de servicios Generales. Demasiada corrupción, podredumbre, turbulencia, opacidad, ineptitud e irresponsabilidad ¿Quién será el bueno que la detendrá?
No hay comentarios:
Publicar un comentario