Mostrando entradas con la etiqueta patrón sustituto. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta patrón sustituto. Mostrar todas las entradas

sábado, 25 de febrero de 2012

“PATRÓN SUSTITUTO”

El patrón sustituto es aquél que, al adquirir una empresa, está obligado a respetar las condiciones de trabajo ya establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo existente entre los trabajadores y el patrón anterior.

Si un patrón, por alguna razón, vende su empresa, la cede a un tercero, la traspasa o la unifica con otra, es decir, que por alguna razón se trasmiten los derechos y bienes esenciales del negocio, aunque no sea la totalidad, se produce una sustitución de patrón. En este caso, el nuevo adquiriente deberá reconocer y responder de todos y cada uno de los derechos adquiridos por los trabajadores de esa empresa.

martes, 11 de octubre de 2011

Abierto, proceso para que CFE se asuma como patrón sustituto de electricistas

Los abogados Manuel Fuentes y Carlos de Buen refutan afirmaciones de Lozano sobre el tema

A dos años de la extinción de Luz y Fuerza, la lucha del SME en tribunales está vigente, sostienen

Patricia Muñoz Ríos
La Jornada
Martes 11 de octubre de 2011, p. 15

Al hacer un análisis de la situación legal de la lucha del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), a dos años de que se extinguió Luz y Fuerza del Centro (LFC), los abogados laboralistas Manuel Fuentes y Carlos de Buen señalaron que continúa en tribunales la demanda de los trabajadores para que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se asuma como patrón sustituto. El caso lo revisa un tribunal colegiado, sigue en discusión y definitivamente el expediente está abierto y en curso, insistieron.